Abr 10, 2020 HORA DE OPINION Economía, PORTADA 0
Rige para el vencimiento de los resúmenes de las tarjetas de crédito operados entre el 20 de marzo y el 12 de abril, que habían sido trasladados al 13 de abril, sin generar intereses resarcitorios, por comunicación del Banco Central.
Las restricciones a la actividad de los Bancos y agencias de cobranzas durante la segunda quincena del mes, puede haber resentido en algo la recaudación de los pagos y por ende mostrar saldos más elevados de lo habitual.
Los clientes que opten por no pagar el total del vencimiento no deberán realizar trámites para acceder a este beneficio, dijo el BCRA en un comunicado.
El vencimiento de los resúmenes de las tarjetas de crédito operados entre el 20 de marzo y el 12 de abril habían sido trasladados al 13 de abril, sin generar intereses resarcitorios, por comunicación del Banco Central.
La entidad comandada por Miguel Pesce dispuso ahora por la Comunicación “A” 6964 que los saldos impagos correspondientes a vencimientos de financiaciones de entidades financieras bajo el régimen de tarjeta de crédito que operen a partir del 13 de abril y hasta el 30 de abril deberán ser automáticamente refinanciados, sin necesidad de trámite alguno por parte del titular de la cuenta.
De esta forma, los bancos emisores deberán ofrecer al menos tres meses de gracia y 9 cuotas fijas de tal manera, las cuotas comenzarán al pagarse en agosto a un valor de 147 pesos por cada 1.000 pesos refinanciados.
Esos saldos refinanciados podrán ser precancelados total o parcialmente en cualquier momento y sin costo –excepto el interés compensatorio devengado hasta la precancelación– cuando el cliente lo requiera.
El Central recordó que tanto el débito directo como el débito automático en la propia entidad financiera pueden ser reversados a solicitud de los clientes dentro de los 30 días corridos contados desde la fecha del débito y la devolución de los fondos debe operar dentro de los 3 días hábiles de la solicitud.
La circular del BCRA dispuso además una reducción a 43% (hoy establecido en 49 %), con vigencia a partir del 13 de abril , de la tasa nominal anual por interés compensatorio máxima que las entidades financieras pueden percibir por los saldos financiados en tarjetas de crédito, de tal manera de garantizar que la trayectoria de dicha tasa esté alineada con la tasa de política monetaria.
El Banco Central dijo que lleva adelante una política de reducción de la tasa de interés para el financiamiento del saldo de las tarjetas de crédito. En marzo se estableció un tope de 55% que luego bajó a 49% y ahora a 43%, con la eliminación de los intereses punitorios.
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