Oct 22, 2019 HORA DE OPINION Sociedad 0
Algunos es por estar mal rotulados, y en otros se detectó que se trataba de «alimentos adulterados», con elementos ajenos a su composición.
La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) prohibió por distintas irregularidades marcas de cerveza, de galletitas, de aceite de oliva y condimentos.
A través de la disposición 8559/2019, publicada en el Boletín Oficial, el organismo dispuso que no se comercialice en el país la cerveza especial Mahou Cinco Estrellas, con logo de libre de gluten y fabricada en España.
La medida se tomó porque el Departamento de Evaluación Técnica del organismo no tiene antecedente de registros del rótulo «libre de gluten» en esa cerveza y sostuvo que el producto un «rótulo complementario adecuado».
En tanto, por la disposición 8517/2019 se prohibió la comercialización en la Argentina de los siguientes condimentos de la firma Poo Alimentoos: «Provenzal, Perejil y Ajo, Peso Neto 25g, RNPA N° 02-598267, lote 190405, fecha de vencimiento: Abril 2021», «Nuez moscada, Peso Neto 25g, RNPA N° 02-564410, lote 190401, fecha de vencimiento: Abril 2021» y «Pesto, Peso Neto 20g, RNPA Expte. N° 4075-219-10, lote 190327, fecha de vencimiento: Marzo 2021», También se incluye al «Pimentón extra dulce, Peso Neto 50g, RNPA N° 02-598274, lote 190404, fecha de vencimiento: Abril 2021» y el «Ají molido, Peso Neto 50g, RNPA N° 02-598292, lote 190405, fecha de vencimiento: Abril 2021».
En el caso de esos productos, se detectó que se trataba de «alimentos adulterados», con elementos ajenos a su composición.
Asimismo, por la disposición 8512/2019, se prohibió la comercialización en toda la Argentina del producto: «Galletitas, Quesitos, Omega 9, 0% grasas trans., Peso aproximado: 140 grs» por falta de información en su etiqueta.
Se indicó en ese sentido que el rótulo «carece de identificación del origen (no se detallan ni la razón social ni domicilio del elaborador ni tampoco consigna el número de RNE), no figuran ni la identificación del lote ni el número de RNPA ni la denominación, no se declara el enriquecimiento del ingrediente harina de trigo, no consta la información nutricional, no se declara la marca y en el rótulo figuran leyendas que no cumplen con lo especificado por la normativa».
Además quedó impedido el uso y comercialización del «aceite de oliva extra virgen, marca Finca Don Franceso», dado que tanto el establecimiento de elaboración como el producto alimenticio no se encuentran registrados en los organismos oficiales.
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